jueves, 31 de marzo de 2016

Solicitud de acceso a archivos militares


Por iniciativa del abogado Eduardo Ranz y del periodista José María Calleja se ha presentado una solicitud para tener pleno acceso a los archivos militares de la guerra civil y de la dictadura que se ha registrado el día 29 de marzo en las 8 regiones militares para determinar el lugar donde reposan cientos de represaliados por el franquismo.

Junto a esta solicitud de apertura pública y, por tanto, de posibilidades para la investigación histórica, se suma la petición de consulta de esos archivos por periodistas e informadores.
 
El escrito que solicita esa apertura se basa en el derecho de petición que garantiza el pleno acceso a esos registros de los tribunales militares y también de lo que antiguamente se conocían como Gobiernos Militares, instituciones enclavadas en las provincias españolas.

Lo que se solicita en el escrito es:


1º. El pleno acceso a los Archivos Militares, relacionados con la instrucción de expedientes, con especial tratamiento de lo juzgado en el Tribunal de Orden Público (TOP), así como la publicación de los archivos referidos a Memoria Histórica, superiores a 25 años de antigüedad, de conformidad con lo establecido en la Ley 9/1968, de 5 de abril, sobre secretos oficiales.

2º. El acceso de todos los archivos pertenecientes a Defensa, Comandancia de la Guardia Civil, y Cuerpos de Seguridad del Estado comprendidos entre 1929 y 1977.


3º. Envío de copia compulsada al Archivo Histórico Nacional, creado por Real Decreto de 28 de marzo de 1866, y al Centro Documental de la Memoria Histórica. 

4º. Suscripción de convenios de colaboración con universidades, de los que el Ministerio de Defensa siempre fuera parte, bajo el esclarecimiento de la Verdad y las Garantías de No Repetición. 

5º. El requerimiento de remisión de archivos de la Guerra Civil y la dictadura, custodiados en México, Argentina, Cuba y Rusia. 

6º. Digitalización y acceso público, de los archivos pertenecientes a Falange Española de las JONS, así como de los archivos pertenecientes a la Fundación Nacional Francisco Franco.

Todo ello conforme a la aplicación del art. 22.1 de la Ley de Memoria histórica, por el cual se garantiza el derecho de acceso a los fondos documentales depositados en los archivos públicos, y la aplicación del principio general de libre acceso a los documentos conservados en archivos militares, recogido en el art. 64 del Reglamento de Archivos Militares de 1998. 

Los archivos y su tratamiento se realizan gracias a los impuestos de los ciudadanos y ciudadanas, entre ellos, las víctimas del franquismo que aún hoy buscan su reparación. El acceso a archivos es básico para esclarecer el concepto de la verdad.


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